El Seguro de embarcaciones es un producto pensado y diseñado para dar respuestas flexibles y personalizadas a las demandas más variadas y exigentes que los propietarios y usuarios de barcos de recreo puedan tener.
Si tiene una embarcación no dude en navegar seguro con una póliza que le de coberturas como Asistencia en Viaje, Robo o Defensa Jurídica, entre otras. En ERSM Insurance Brokers le aconsejaremos con el seguro más adecuado según su barco.
Desde 1999 se reglamentó por parte de la Administración española, la obligatoriedad de contratar un seguro obligatorio por parte de todos los propietarios de embarcaciones de más de 6 metros de eslora, cualquier embarcación propulsada a motor, motos de agua, …. Siempre que naveguen por aguas españolas.
Dicho seguro tiene que tener unas garantías mínimas de Responsabilidad Civil frente a terceros. El recibo tiene que llevarse a bordo de la embarcación, pagado y detallando explícitamente: la entidad aseguradora, el periodo de validez, identificación de la embarcación y la indicación de que se trate como mínimo de un seguro obligatorio.
Como decimos, todas las embarcaciones españolas a motor o de más de 6 metros de eslora deben estar aseguradas, pero lo mismo sucede con los navíos que naveguen por aguas españolas si tienen como puerto de entrada o de salida el país.
A parte del seguro obligatorio para embarcaciones a motor, existen otras coberturas opcionales que pueden ser del interés del propietario del navío. Estas garantías puedes ir desde proteger los efectos personales que estén en el barco, hasta ampliar la RC obligatoria, y recibir asistencia náutica ante cualquier problema de navegación.
La Responsabilidad Civil derivada de los daños materiales y personales quedará cubierta además de los perjuicios que se causen a terceros, al puerto o a las instalaciones marítimas. La póliza obligatoria cubre la responsabilidad frente a terceros tanto del naviero como del propietario o los que conduzcan la embarcación con su consentimiento.
Las garantías del seguro obligatorio para embarcaciones son:
Tomando como base el seguro obligatorio, el propietario de la embarcación puede contratar otras coberturas opcionales para sentirse más seguro navegando. Así, el tomador puede ampliar el ámbito y los límites de la cobertura incluyendo garantías como: