El ahorro fiscal del Plan de Pensiones
Los Planes de Pensiones, conjuntamente con los Planes de Previsión Asegurados (PPA), desgravan en la declaración de la Renta anual. Las aportaciones generan reducciones de la Base Imponible en la declaración anual del IRPF, dando lugar a ahorros fiscales.
Respecto a las prestaciones para las indemnizaciones de Planes de Pensiones y PPA, son consideradas como rendimientos de trabajo. Si la indemnización se percibe en forma de renta tributarán según la escala general de gravamen con la correspondiente retención. Pero si se percibe en forma de capital, se reducirá en un 40% si el Plan es rescatado en los dos primeros años de contratarlo.
En la actualidad, los límites de tributación son de 8.000 euros anuales, independientemente de la edad del titular. Y esa suma es el tope máximo si se tienen contratados varios planes de pensiones o PPA. Si se supera esta cantidad, la entidad está obligada a devolver la cantidad que sobrepase.
El contribuyente cuyo cónyuge no obtenga rentas del trabajo o de actividades económicas o que éstas sean inferiores a 8.000 euros anuales, podrá reducir en la Base Imponible las aportaciones realizadas a planes de pensiones de los que sea partícipe dicho cónyuge con el límite máximo de 2.500 euros.
Las personas con minusvalía física o sensorial igual o superior al 65%, psíquica igual o superior al 33%, pueden realizar aportaciones y beneficiarse de las reducciones en la Base Imponible del IRPF, con los siguientes importes máximos:
- Las realizadas por los propios partícipes con discapacidad: 24.250 euros
- Las realizadas por terceros a favor del minusválido: 10.000 euros
* El límite de aportaciones anuales, incluidas las del propio minusválido y de terceros, será de 24.250 euros.